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Jr.Camana N°872 - Oficina 109 - Lima

Peritaje de daño

08-Peritaje de daños2

MINISTERIO DEL INTERIOR POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
DIRECCIÓN EJECUTIVA DE POLICÍA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL

Nombre del trámite:

PERITAJE DE CONSTATACIÓN DE DAÑOS SOBRE VEHÍCULOS SINIESTRADOS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO Y REVISIÓN DE SU SISTEMA.

Otorgado

POR LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ, Y LAS QUE ESTA AUTORICE DESCONCENTRADAMENTE, A NIVEL NACIONAL.

Documentos a presentar:

1. Solicitud en formato Nº 4 TUPA-PNP-DIVTRAN u oficio de la autoridad policial o judicial solicitando el Peritaje.
2. Recibo de abono del derecho en el Banco de la Nación.
3. Tarjeta de propiedad del vehículo participante en el accidente de tránsito.
4. Licencia de conducir del conductor.
5. Traslado del vehículo siniestrado a la Planta de Revisiones Técnicas.
6. Pasadas las 72 horas del accidente copia certificada de denuncia policial.
7. En caso de persona jurídica, presentación de copia registro del
Contribuyente (RUC).
8. Identificarse con su DNI y permitir toma de huella dactilar por
Sistema Biométrico.

Costo Valor UIT S/.3950,00
− Vehículos mayores 5,82% UIT = S/. 299,89
− Vehículos livianos 3,66% UIT = S/. 144,57
− Vehículos menores 2,51% UIT = S/. 99,1

Calificación: Evaluación previa:
Positivo

Inicio del procedimiento:
Lima: Guillermo Dansey Nº 2100
– Ventanillas Únicas Planta de Revisión Técnica de la División de Tránsito de la Policía Nacional del Perú – Lima y las que esta autorice desconcentradamente a nivel nacional.
Provincias:
– Ventanillas Únicas de las Unidades y Dependencias PNP autorizadas por la DIVPOLTRAN PNP–LIMA.

Plazo para resolver (En días hábiles):
Plazo para resolver: 5 días hábiles.

Autoridad competente para resolver:
Lima:
Jefe de Planta de Revisión Técnica de Constatación de Daños.
Provincias:
Jefe de la Unidad o Dependencias PNP autorizadas por la DIVPOLTRAN – PNP – LIMA.

Instancias de resolución de recursos:
RECONSIDERACIÓN:
Jefe de Planta de Revisión Técnica de Constatación de Daños de la Unidad contra la cual se impugna el acto administrativo.
− Plazo para presentar recurso: 15 días.
− Plazo para resolver recurso: 30 días.
APELACIÓN:
Jefe de División de Tránsito PNP.
− Plazo para presentar recurso: 15 días.
− Plazo para resolver recurso: 30 días.

Base Legal:
– Artículo 10.6 del decreto Supremo Nº 008-2000-IN del Reglamento de la Ley Nº 27238 publicado 06OCT.2000.
– Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC publicado 18NOV.2008.
– Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 943 Ley de Registro Único
de Contribuyentes publicado el 17DIC.2003.
– Artículos 44,45.1, 46, 169.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 publicado 11ABR.2001

TUPA PNP–ENE.2015/DECRETO SUPREMO Nº 374-2014-EF del 29 DIC.2014